Medidas contra la COVID-19 en Cataluña hasta el 10 de septiembre

 

El Gobierno de la Generalitat ha prorrogado hasta el 10 de septiembre las restricciones en Cataluña y las medidas contra la COVID-19 que se establecieron en julio, para frenar la propagación de la pandemia. La Generalitat ya había anunciado que estas restricciones se mantendrían durante todo el verano.

Actividades sociales

Se aplica un límite de 10 personas a las reuniones familiares y sociales, tanto públicas como privadas.
Se recomienda llevar siempre puesta una mascarilla, tanto en espacios cerrados como al aire libre, sobre todo cuando no estés con tu grupo de contacto.

Educación

Universidades: las actividades teóricas presenciales pueden aumentar la capacidad de 50% a 70%, sin dejar de permitir su impartición en línea.
Adaptación de todas las actividades al nuevo Plan Escolar para el curso académico 21/22.

Eventos

La capacidad máxima para eventos de gran envergadura es de 3.000 personas, independientemente de la capacidad del recinto o del evento. En el caso de eventos más pequeños, la capacidad se limita al 70 % de su aforo.

Espacios públicos

Reducción del horario de todas las actividades para que finalicen a más tardar a las 00:30 h, concediendo 30 minutos adicionales para la evacuación de los eventos musicales y recreativos que ya cuentan con esta disposición en la normativa.
Restricción del acceso a espacios públicos, como playas, parques, etc., en los que puedan formarse aglomeraciones entre las 00:30 y las 06:00 horas.
Está prohibido consumir alimentos y bebidas en grupo en los espacios públicos, incluso en las zonas habilitadas para ello.

Vida nocturna

Cierre de los locales de ocio nocturnos cerrados. La medida no afecta a las zonas al aire libre, como las terrazas.
Todas las actividades terminarán a las 12:30 de la madrugada, en lugar de a las 3:00 de la madrugada, como ocurrió la semana pasada.
Registro de asistencia obligatorio (los datos deben conservarse durante un mes para permitir el rastreo de contactos en caso de que se detecte un caso de COVID-19).
Los clientes deben limitar los grupos a un máximo de 10 personas en espacios al aire libre, asegurándose de mantener una distancia física de 1,5 metros entre los distintos grupos.

Cultura

Cines, teatros, auditorios, circos y salas de conciertos, así como locales dedicados a la cultura popular y a actividades relacionadas con el juego: horario de apertura hasta las 00:30.
Máximo 1.000 personas (500 en las salas de juego). Con ventilación reforzada, máximo 3.000 personas (1.000 en las salas de juego).

Restauración

Capacidad para 1.001 personas en la zona exterior y 501 en la zona interior. Horario máximo de apertura hasta las 00:30.
6 personas por mesa en el interior y 10 en las terrazas.. Excepto aquellos que forman parte de la burbuja.
2 metros de distancia entre comensales de mesas diferentes en el interior, y 1,5 metros en el exterior y en las terrazas.

Tiendas

Capacidad 70% para pequeñas tiendas, establecimientos, centros comerciales y mercados temporales. Horario máximo de apertura: hasta las 00:30.

Actividades extraescolares

Se permiten todas las actividades educativas o de formación no reguladas, así como los deportes escolares.
Se podrán llevar a cabo de conformidad con el Plan de Acción para el curso académico 2020-2021 destinado a los centros educativos en el contexto de la pandemia de COVID-19, en lo que respecta a las actividades extraescolares y a las excursiones y salidas escolares.

Instalaciones cívicas

Participación en actividades cívicas y comunitarias.
Hasta el 70% de la capacidad, garantizando la ventilación mínima prescrita.

Tabaco y productos similares

Prohibido en lugares públicos, salvo que se garantice una distancia de dos metros entre las personas.
También está prohibido fumar en los grandes eventos al aire libre.

Asambleas de entidades

Autorizado con una capacidad de 70%.
Entre 1 000 y 3 000 personas, dependiendo de las condiciones de ventilación del espacio.

Trabajo

Se recomienda a los responsables de los centros de trabajo públicos y privados que adopten medidas para facilitar el regreso gradual al trabajo presencial y fomenten el teletrabajo cuando la naturaleza del trabajo lo permita.

 

Fuente: GENCAT

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